Aspectos que regula la Ley de las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech)

Identifique los mecanismos de las operaciones que se celebren con o a través de la también llamada Ley Fintech.

El pasado 09 de marzo de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF), -también llamada Ley Fintech-, la cual tiene por objeto regular los servicios financieros que prestan las instituciones de tecnología financiera, así como su organización, operación y funcionamiento, y los servicios financieros sujetos a alguna normatividad especial que sean ofrecidos o realizados por medios innovadores.

Los principios operativos de la ley son los siguientes:

Para organizarse y operar como ITF se requiere obtener una autorización que será otorgada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); además, deberán tomar medidas para evitar que se difunda información falsa o engañosa a través de ellas, y deberán difundir la información que permita a sus Clientes identificar los riesgos de las Operaciones que celebren con o a través de ellas.

Esta Ley reconoce dos tipos de ITF:

En este sentido algunas cuestiones importantes son las siguientes:Otra figura que regula la Ley Fintech, son las Operaciones con Activos Virtuales, mismas que se consideran como: “la representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos”. En ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional, las divisas ni cualquier otro activo denominado en moneda de curso legal o en divisas.

➤Las ITF solo podrán operar con los activos virtuales que sean determinados por Banxico.

➤Las ITF que operen con activos virtuales deberán estar en posibilidad de entregar al Cliente respectivo:

a) La cantidad de activos virtuales de que este (es decir, el cliente) sea titular;

b)El monto en moneda nacional correspondiente al pago recibido de la enajenación de los activos virtuales que corresponda. 

➤Las ITF tendrán prohibido vender, ceder o transferir su propiedad, dar en préstamo o garantía o afectar el uso, goce o disfrute de los activos virtuales que custodien y controlen por cuenta de sus Clientes.

a)Excepto cuando se trate de la venta, transferencia o asignación de dichos activos por orden de sus Clientes.

➤Las ITF solo podrán participar en la operación, diseño o comercialización de instrumentos financieros.

➤Las ITF deberán divulgar a sus Clientes los riesgos que existen por celebrar operaciones con dichos activos, incluyendo:

a) El activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el Gobierno Federal, ni por el Banco de México;

b) La imposibilidad de revertir las operaciones una vez ejecutadas, en su caso;

c) La volatilidad del valor del activo virtual, y

d) Los riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude inherentes a los activos virtuales.

➤Las personas morales constituidas de conformidad con la legislación mercantil mexicana, distintas a las ITF, deberán obtener autorización para llevar alguna actividad mediante Modelos Novedosos.

➤Las instituciones de crédito podrán, realizar operaciones con los activos virtuales que sean determinados y autorizados por Banxico.

Por lo que hace a las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de esta ley, tendremos a la CNBV, la Condusef y el Banxico; quienes, en el ámbito de sus competencias, emitirán las autorizaciones, criterios o realizarán supervisiones para las ITF.

De igual manera, esta Ley prevé sanciones en caso de incumplimiento con multas que van desde las 2,200 hasta las 250,000 UMA, dependiendo las faltas cometidas. Asimismo, contempla también apartados destinados a los Delitos divididos en:

⇨Delitos para la Protección del Patrimonio de los Clientes de las ITF y de las Sociedades Autorizadas para operar con Modelos Novedosos.

⇨Delitos contra la adecuada operación de las ITF, o de las Empresas Autorizadas para operar con Modelos Novedosos

⇨Delitos para la Protección del Patrimonio de las ITF y de las Sociedades Autorizadas para operar con Modelos Novedosos.

Ahora solo falta, ver la implementación y ejecución de la Ley por parte de las IFT, así como que las autoridades emitan los lineamientos específicos, esto solo es el inicio.

Por: Esp. Raúl Torres Jiménez

Coordinador del Área de Servicios Profesionales en la CANACO Ciudad de México

Mentor Empresario por el INADEM

Dictaminador en INDESOL Consultor Certificado ante CONOCER

[email protected]

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