
El sindicalismo mexicano posee una historia marcada por la lucha revolucionaria y eventos sangrientos, siendo el 1 de junio de 1906 en Cananea, Sonora, y el 7 de enero de 1907 en Río Blanco, Veracruz, los hitos fundamentales que le dieron sentido a la búsqueda de libertad, justicia e igualdad.
Estos movimientos lograron que la Constitución Federal de 1917 integrara derechos básicos: jornada de ocho horas, salario mínimo, asociación sindical, derecho de huelga, prohibición del trabajo infantil, y protección a la salud e higiene laboral. Una década después, estos principios se consolidaron en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La Degradación del Sindicalismo
A pesar de sus orígenes, el sindicalismo en México derivó en prácticas viciadas como el sindicalismo charro, monopolios corporativistas, desvío de cuotas, actos de intimidación, extorsión, contratos colectivos de protección, y en casos extremos, violencia contra quienes disentían de los líderes. Esta crisis de representatividad exigió una transformación profunda.
La Reforma Laboral de 2019
El 1 de mayo de 2019 se publicó el decreto de reforma a la LFT, impulsado por presiones comerciales inter nacionales como el T-MEC. Esta reforma se sostiene sobre tres pilares fundamentales:
1. Nuevo Sistema de Justicia Laboral
2. Libertad y Democracia Sindical 3. Creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
3. Nuevo Sistema de Justicia Laboral La reforma establece que, antes de judi cializar un conflicto, es obligatorio agotar la etapa de conciliación (artículos 684-A al 684-E de la LFT). Esta instancia es gratuita, imparcial y confidencial, con una duración máxima de 45 días. Excepciones a este requisito incluyen casos de discriminación, acoso, violen cia laboral y violaciones a derechos humanos.
Por: Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo
Doctor en Derecho y Especialista en Derecho Pena