“El delito sigue al hombre, como la sombra al cuerpo”. (Lacassagne, Médico Criminólogo del siglo XIX). Tal afirmación nos lleva a entender que la criminalidad en cualquiera de sus manifestaciones, va de la mano con la presencia del ser humano. “El hombre es un ser social por naturaleza”, sostenía Aristóteles. Por tanto, donde existe sociedad, existe el delito.
En la familia, trabajo, empresa, escuela; el delito se hará patente n algún momento. A veces sin ser percibido, en otras de forma escandalosa. Algunas sin violencia, en otras por demás agresiva. De forma absurda, incluso accidental, por causas fortuitas, ignorancia, omisión o de forma planeada.
Es imperante conocer la afectación que el delito o un siniestro ocasiona en la sociedad, desde la forma más simple, hasta en la estructura organizacional más compleja de una empresa y así mismo, identificar, cuando requerir el apoyo y la asesoría legal respecto del qué hacer, dónde dirigirse y con quién acudir o mejor aún, cómo evitarlo.
La empresa
Con el tiempo, el ser humano en vías de obtener un beneficio, a desarrollado diversas habilidades. Su habilidad intelectual le ha permitido razonar las circunstancias de los hechos que lo rodean y solucionar situaciones adversas, así como aprender a diseñar aquellas estrategias y herramientas que le faciliten la vida diaria. El hombre ha sabido organizarse en grupos y formar sociedades, en las que ha aprendido también a designar roles y así, crear jerarquías y designar responsabilidades, esto con el fin de cumplir con un objetivo: el beneficio común. Y cuando ese beneficio tuvo como objetivo ser una unidad de producción de bienes y servicios, nació la empresa. Pero este beneficio colectivo no siempre ha sido la meta.
El delito
El ser humano por naturaleza es sociable y ambicioso. Busca tener control sobre los demás y cuando se le presenta una oportunidad, la aprovecha y puede incluso, beneficiarse en mayor medida que los demás, transgrediendo los derechos y beneficios de todos. ¿Qué sucede cuando alguno de los integrantes de dicha sociedad o alguien externo atenta contra la premisa del beneficio colectivo y busca el suyo propio? O cuando un evento inesperado, rompe con la seguridad patrimonial de la empresa. En ese momento, los intereses colectivos se ven afectados o pasan a segundo plano. Sea por un siniestro o por anteponer los intereses propios, la sociedad que se había formado, se ve fracturada y con ello, puede aparecer la conducta de acción o de omisión, que contravenga la norma jurídica, el delito. El Código Penal Federal de México, define en su art. 7: “Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales”.
Por David Rodríguez Gutiérrez
Perito profesional en Criminalística
de campo. Ponente, docente y
asesor en materia forense