Frente a un home office acelerado, la regulación del teletrabajo es un tema que ha comenzado a ganar mayor peso en la agenda pública. México es uno de los países de América Latina que no cuenta con una legislación específica en esta materia.
La falta de una regulación específica tiene al teletrabajo en México como una modalidad que carece de protección legal tanto para trabajadores como para patrones.
Es por eso que el Centro de Estudios para el Empleo Formal (CEEF) propone 10 puntos clave para regular el teletrabajo en México:
1.Definición correcta. El teletrabajo o trabajo a distancia es aquella actividad que presta un trabajador para un patrón, en un lugar distinto al centro de trabajo, siendo esta dinámica un derecho libre y voluntario para ambas partes, y donde deben regir los principios de trabajo formal y decente.
2.Trabajo subordinado. El teletrabajo es una relación laboral, personal y subordinada. El hecho de ser una actividad que se realiza en un lugar distinto al centro de trabajo no dará lugar a ser considera como prestación de servicios profesionales.
3.Acuerdo por escrito. La decisión de teletrabajar se debe formalizar con la firma de un acuerdo, que forme parte del contrato individual de trabajo. Es responsabilidad de ambas partes definir los lineamientos para implementar el teletrabajo.
4.Modelo híbrido. Las partes podrán modificar el porcentaje de presencialidad de acuerdo con lo establecido en el contrato con la empresa.
5.Piso parejo. Las personas que trabajen a distancia tienen los mismos derechos, horarios, sueldos, prestaciones, así como igualdad de trato y no discriminación.
6.Claridad en las actividades. En los acuerdos de teletrabajo se debe definir los horarios, las tareas, las actividades y los resultados a conseguir por ambas partes.
7.Herramientas de trabajo. El patrón debe proporcionar al trabajador las herramientas necesarias para desempeñar el teletrabajo, tales como: equipo de cómputo, internet, teléfono y todo lo necesario para el buen desempeño de sus actividades.
8.Desconexión digital. Los trabajadores a distancia tienen derecho a la desconexión digital, para garantizar que cuenten con horarios definidos en días laborales, días de descanso obligatorio y vacaciones, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.
9.Manejo de información. En el teletrabajo se debe contar con las herramientas y la capacitación necesaria, entre ambas partes, para garantizar el adecuado manejo y protección de la información
10.Capacitación, seguridad y salud. En el esquema de teletrabajo se deben definir los lineamientos bajo los cuales se llevarán a cabo los programas de capacitación y desarrollo de los trabajadores, así como las normas de seguridad e higiene, que deben observarse en el trabajo a distancia.
Por: María Vallejo
Reportera