Como persona física es tu derecho disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual, te decimos que gastos son.
Con respecto al tema de salud, los deducibles serán válidos en caso de ser para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos, según el Servicio de Administración Tributaria. (SAT).
En este caso:
-Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, sólo si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido.
-Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Es importante mencionar que los comprobantes de farmacias no proceden.
-Honorarios a enfermeras.
-Análisis, estudios clínicos, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, prótesis, compra de lentes ópticos graduados para la corrección visual.
-Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
Con respecto al tema de la educación, estos son los gastos deducibles de impuestos.
-Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios.
No obstante, hay un límite anual de deducible correspondiente a:
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Lo único que se necesita para hacerlo efectivo, es un comprobante de pago, sin embargo, las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no son deducibles.
-También el transporte escolar, sólo si es necesario, es deducible.
Algunos otros conceptos que son deducibles de impuestos ante el SAT son:
-Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, asimismo, de tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás hacerlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
-Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
Estos deben ser dirigidos a tu casa habitación y contratados por el sistema financiero, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE), entre otras, y siempre que, dicho crédito brindado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
-Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
El monto de los donativos no sobrepasara del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.