Día a día la tecnología se presenta y desarrolla, sin que el derecho positivo vigente pueda proporcionarnos una regulación y protección puntual ante este tipo de casos.
Desde el proyecto “WATSON” (de una reconocida empresa estadounidense de tecnología y consultoría) hasta los asistentes personales en nuestros dispositivos móviles (“SIRI” o “Cortana”, por ejemplo), la Inteligencia Artificial (IA) ha revolucionado la forma en la que los seres humanos tenemos contacto con la tecnología, haciéndola cada vez más amigable, personal y esencial para el desempeño de nuestras tareas diarias.
Evidentemente, la IA ha comenzado a ganar terreno en la vida humana al grado de encontrar o desarrollar, “por cuenta propia”, soluciones efectivas, novedosas e innovadoras a problemáticas actuales.
Debemos recordar que dentro de las características que distinguen a la Inteligencia Artificial está la capacidad de realizar funciones que se pensaban inherentes y exclusivas de los humanos, tales como el lenguaje, la comprensión de información obtenida para determinar respuestas o fijar posturas, el auto-aprendizaje y la toma de decisiones racionales mediante la selección de información, solo por indicar algunas, pero con el diferenciador de que la IA puede realizarlas a gran escala y en un plazo de tiempo considerablemente inferior del que le puede tomar a un ser humano, es decir, puede emular y mejorar las capacidades del hombre en varios campos.
Un ejemplo es “Dabus”, la inteligencia artificial a la que se le atribuye la creación de dos invenciones, de las que actualmente se ha solicitado la protección ante la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos, la Oficina Europea De Patentes y la Oficina de Propiedad Intelectual de Reino Unido. Lo relevante del asunto es que se está solicitado a esas oficinas el reconocimiento de calidad de “inventor” a una “máquina” en virtud de ser el “creador” de los productos supuestamente susceptibles de protección. En caso de ser aceptada, estaría marcando un precedente totalmente novedoso, no solo en el ámbito jurídico de la Propiedad Industrial, sino en la historia del derecho cómo lo percibimos hoy.
Por: Jocelyn Flores
Abogada en ClarkeModet México