Será acaso con el plazo de la caducidad a que se refiere el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.
Apartir de 2014, tomó nombre oficial lo que en la práctica se venía realizando desde años atrás como “venta de facturas”, hoy llamado “operaciones inexistentes” con sus dos extremos: EFOS (empresas que facturan operaciones simuladas) y EDOS (empresas que deducen operaciones simuladas), para la deducción en ISR y acreditamiento en IVA y dar así un resultado óptimo al contribuyente pese a que se trata de operaciones no realizadas en verdad.
Cuando las facturas aún eran en papel, se pedía a quienes adquirían dichos contribuyentes que pagará únicamente el IVA para que el enajenante hiciera el cálculo propio del impuesto.
Posteriormente, con el inicio del CFDI surgió la necesidad de realizar todo el ciclo económico, esto es, hacer el pago total al emisor del CFDI, quien a su vez, ve la forma de retornar ese dinero al adquiriente, lo que se denomina “efecto carrusel”. No obstante, con el nacimiento del artículo 69-B del CFF, las EFOS que son identificadas por la autoridad se enlistan y publican en la página de internet del SAT y en el DOF, cuyo efecto es que los CFDI’s emitidos por dichas EFOS no generan efecto fiscal alguno, por lo que no son deducibles de ISR ni acreditables en IVA, en virtud de
que no tienen materialidad, y por tanto son “operaciones inexistentes”, lo que una vez arriba la auditoría pueden tomar el tinte penal de “actos simulados” (art. 109-IV CFF).
¿Por qué EFOS?
Esta dinámica de captura por parte de las autoridades se acrecentó tanto, que no es difícil que un contribuyente pueda ser enlistado pese a que sí realice operaciones reales, pues basta con que no haya presentado su declaración anual para que se le considere EFOS, pues la falta de tal declaración produce que no manifieste activos o personal, lo que es suficiente para desdeñar las deducciones de los contribuyentes receptos de cualquier tipo de CFDI.
Por: Carlos Burgoa
Socio de Burgoa Toledo y Asociados, S.C. Profesor de la FCA de la UNAM