En México, la población que tiene entre 30 y 49 años de edad conforma el grupo más grande de personas trabajadoras según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Y son a quienes, finalmente, han comenzado a vacunar contra el Covid-19. Antes de que otra cosa ocurra, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) advierte que las empresas no pueden negarle a nadie el permiso para acudir a vacunarse.
Las empresas no podrán legalmente negar el acceso programado al esquema de vacunación, señala un comunicado de la STPS, encabezada por Luisa María Alcalde. No pueden hacerlo porque “la salud de los trabajadores es de interés público”, conforme al artículo 132 de la LFT y al 408 de la Ley General de Salud (LGS).
Los trabajadores podrán justificar su ausencia con un comprobante emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). En este caso el comprobante de registro o de la cita para recibir la vacuna. Si a una persona le niegan el permiso o le descuentan el día, debe acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), indica la STPS.
Por: María Vallejo
Reportera