
En este mundo global, con contenidos 24/7 los 365 días del año, con procesadores que alcanzan velocidades alucinantes y con capacidades de almacenamiento cada vez más grandes y diferenciadas (disco duro/nube); donde cualquier persona puede encontrar información y datos de todo tipo, forma, tamaño; donde cualquier persona escribe y se expresa en todo tipo de temas, donde el problema ya no es dónde encontrar la información, sino la calidad de la misma; creo que se puede decir que estamos en presencia de una nueva revolución industrial.
Los Datos por sí mismos, carecen de cualquier valor, pero en la medida en que se van asociando y se van integrando en bases de datos, el valor de la información tiene todo el sentido del mundo y un valor económico sin parangón para las empresas.
Pero existen otro tipo de datos que no son tan fáciles de identificar, son datos ocultos, que las empresas utilizan para saber más de nosotros, datos como: historiales de consultas, segmentación de clientes, encabezados de archivos multimedia, catálogos de base de datos, etiquetas HTML de páginas web, direcciones IP, encabezados de emails, registros de llamadas telefónicas, etc. Estos datos de los datos son los llamados Metadatos, los cuales son datos descriptivos que versan sobre el concepto, calidad y condiciones o características de los datos.
La Asamblea General de las Naciones Unidas en su acuerdo A/C.3/71/L.39 de fecha 31 de octubre de 2016, relativo al tema el derecho a la privacidad en la era digital, menciona que “si bien los metadatos pueden aportar beneficios, algunos tipos de metadatos, tomados en conjunto, pueden revelar información personal y pueden dar indicación del comportamiento, relaciones sociales, preferencias privadas e identidad de una persona”.1
La misma Asamblea General de las Naciones Unidas en su acuerdo A/HRC/23/40 de fecha 17 de abril de 2013 relacionado con el vigésimo tercer periodo de sesiones, relativo al Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, menciona que: “El carácter dinámico de la tecnología no solo ha cambiado la forma en que puede llevarse a cabo la vigilancia, sino también TXp puede vigilarse.
Al facilitar la creación de oportunidades de comunicación e intercambio de información, internet también ha posibilitado la elaboración de un gran volumen de datos de transacciones de personas y acerca de estas. Esta información, conocida como datos de las comunicaciones o metadatos, incluye información personal
sobre particulares, su ubicación y actividades en línea, así como registros e información conexa sobre los correos electrónicos y los mensajes que envían o reciben”.2
Por ello, los metadatos circulan en muchos casos, sin que el responsable del tratamiento de datos personales ni el interesado lo sepan, por ello, datos de ubicación y fecha de una fotografía realizada por un teléfono móvil.
De ahí que son tan valiosos p a r a los algoritmos de búsqueda de empresas que manejan buscadores, redes sociales, CRM’s, ERP’s, Plantillas para elaboración de páginas web o empresas de telecomunicaciones (servicios de telefonía móvil).

Por: Esp. Raúl Torres Jiménez
Abogado empresarial.
Sub representante de Grupos
Especializados ante CANACO
CDMX.
Consultor y Capacitador
Certificado.