Si usted toma en cuenta estas recomendaciones, su empresa o pequeño negocio evitarán contingencias frente a las autoridades fiscales, laborales o de seguridad social.
Tras varios años de la aplicación de la Reforma Laboral en 2012, y pese a su falta de eficacia en beneficio de los trabajadores, es evidente que se vuelva a proponer una nueva reforma para garantizar los derechos mínimos que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mencionando para esto que es de las únicas tres Constituciones a nivel mundial que consagran los Derechos Laborales a sus Gobernados.
En este sentido, no es de extrañarse que hoy nuestros legisladores continúen en la búsqueda del pleno Derecho Laboral para el sector laboral en nuestro país, tan es así que a la LXIV legislatura federal han llegado 47 iniciativas de ley.
Dentro de los temas que se encuentran, estas iniciativas son los de la transparencia en la elección de líderes sindicales, subcontratación regulada y vigilada, derechos para las trabajadoras del hogar y home office.
Cumpliendo con la normatividad
Ahora, por lo que respecta al tema de subcontratación o mejor conocido como outsourcing, si bien es cierto que se ha satanizado por el hecho de creer que es ilegal, lo cierto es que se contempla dentro de nuestro marco legal y en consecuencia se encuentra regulada dentro de diversas leyes fiscales, laborales y de seguridad social. Incluso hasta en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Por lo anterior, manejamos una serie de recomendaciones con la finalidad de cumplir con la normatividad vigente y, que en caso de ser sujetos a revisión por parte de cualquier Autoridad, no se finquen responsabilidades solidarias a las personas que tienen contratado este esquema dentro de sus empresas o pequeños negocios:
•Determinar qué tipo de contratación se está llevando a cabo con el prestador de este servicio, ya sea suministro de personal o requerimiento de personal especializado.
•Verificar que los contratos celebrados con los prestadores de servicios satisfagan los elementos legales indispensables, y que de igual forma contenga insertos en el clausulado, los supuestos
al incumplir cualquier legislación aplicable vigente.
•Verificar que el prestador de servicio cumple con las obligaciones fiscales y de seguridad social de sus trabajadores, obteniendo la información respectiva por su parte o bien mediante una investigación dentro del Aplicativo del SAT.
Por: Daniel A. Venegas López,
Gerente Comercial Nacional en Bestlabor.