Derivado de la presión internacional y nacional para la firma del T-MEC, los legisladores se encuentran bajo la lupa para realizar el análisis y eventual aprobación de la reforma, lo más pronto posible.
Tras las aseveraciones de la presidenta del Congreso de Estados Unidos, Nancy Pelosi, de no aprobar acuerdo comercial entre Estados Unidos, Canadá y México (T-MEC), la Cámara de Diputados se vio forzada a realizar el análisis y aprobación de manera expedita en materia de justicia laboral y libertad sindical.
El dictamen parte de una nueva realidad laboral, con el propósito de dotar al Estado de herramientas, renovando y creando instituciones sólidas para agilizar los conflictos obrero-patronales. Todo ello después de los cambios en los mercados de trabajo que han sido resultado de la globalización, al existir una constante búsqueda de oportunidades y necesidades de cada individuo y de la sociedad.
La iniciativa está dirigida a erradicar los vicios y prácticas que durante el conflicto laboral surgían, dando incertidumbre jurídica tanto al trabajador como al patrón, inclusive aumentando los costos administrativos en la impartición de justicia. Como es bien sabido, las autoridades que actualmente imparten justicia en materia laboral fueron rebasadas por el cúmulo de asuntos que en ocasiones pudieron ser resueltos, previo al planteamiento de una litis.
Como resultado de lo anterior, la Cámara de Diputados dentro del dictamen contempla la separación de instancias (es decir la conciliación y la etapa procedimental) para la solución de controversias entre la fuerza laboral y la patronal. La primera de ellas será dependiente del Poder Ejecutivo y contemplará la conciliación, así como el registro de los sindicatos; y la segunda siendo una autoridad judicial, transformando a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en órganos integrados por jueces, abandonando la integración tripartita de representación (Estado, Patrón y Trabajador).
¿Qué contempla la reforma?
Tal y como se mencionó anteriormente, la reforma plantea la creación de un organismo de conciliación llamado Centro de Conciliación y Registro Laboral (CCR), en donde se resolverán los conflictos laborales en primera instancia. Uno de los principales objetivos del CCR es llevar a cabo el procedimiento de conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, previo a la resolución de conflictos ante los Tribunales Laborales competentes.
Por: Diego Rodrígo Santos Garmilla De la Vega & Martínez Rojas, S.C.