De acuerdo con un estudio, las instituciones del sistema financiero deben de reforzar sus medidas de conocimiento del cliente en operaciones relacionadas con la compraventa de piezas de arte, además de la debida diligencia cuando se tiene relación con organizaciones relacionadas a esta industria, como las casas de subastas.
En México, la comercialización de objetos de arte es considerada por la ley antilavado como una actividad vulnerable, por lo que en caso de que una operación rebase los 209,000 pesos, debe de reportarse a las autoridades como el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera.
Según estimaciones del Fondo Monetario Internacional, con base en cifras de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, el mercado global del arte en el mundo equivalía a finales del 2018 a alrededor de 67,400 millones de dólares, mientras que el mercado negro de esta industria tiene un valor anual de los 6,000 millones de dólares.
Las entidades financieras que operan recursos, provenientes de la comercialización de piezas de arte, deben de realizar los protocolos necesarios para prevenir el movimiento de flujos financieros ilícitos en dichas operaciones.
Según el análisis, el riesgo del blanqueo por medio de este tipo de operaciones existe, por lo que las instituciones deben de tomar medidas proactivas para limitar su exposición al riesgo respecto a los clientes de la industria del arte para determinar si las transacciones son razonables y tienen sentido económico.
Por: María Vallejo
Reportera