A inicios de junio del 2021, se hizo pública la Ley para la Transparencia, prevención y combate de prácticas indebidas en materia de contratación de publicidad, sin embrago sólo pocas personas tenían el conocimiento de esto; dicha ley comenzó a estar vigente desde el 1 de septiembre de 2021 en todo México.
Esta ley tiene como propósito obtener que las empresas que adquieren publicidad en medios tradicionales como son, revistas, periódicos, televisión o radio, así como medios digitales, como Google, Facebook, YouTube, entre otros, sea mucho mayor certeza la que hayan poseído, esto con respecto a la certeza de la cantidad y los costos de lo que están comprando, principalmente cuando se realiza por medio de alguna agencia.
Estos son algunos puntos más importantes que se deben conocer acerca de esta nueva ley:
- Las compras de la agencia, respecto a los espacios publicitarios, sólo se pueden realizar a nombre de una empresa anunciante: Esto no se podrá realizar en cantidades grandes anticipadamente para posteriormente promoverlos a distintos clientes.
- En caso de otorgarles un descuento, este se debe transferir en su totalidad a la empresa que anuncia: Este punto tiene como fin aclarar aquellos precios en el mercado de publicidad. También y de forma individual, la agencia debe realizar sus facturas de servicios.
- Las agencias no tienen permitido recibir comisiones o beneficios por parte de los medios: Además la agencia que ofrece servicios a las empresas anunciantes, no puede a la misma vez, brindar servicio a los medios.
- Es responsabilidad del medio, facturar los espacios de publicidad en primera mano a la empresa que anuncia: Anteriormente por costumbre la agencia hacía la compra, para posteriormente facturar a la empresa anunciante los espacios adquiridos incluyendo el popular fee de agencia.
- Los medios tienen que entregar toda la información relativa directamente a la empresa anunciante: fechas, lugares de difusión, número y formato de los lugares de publicidad, precios unitarios, etc.
Independientemente de los cambios, son beneficios para las empresas en México, principalmente para las PyMEs, las cuales tendrán mucha más vistas en sus inversiones de publicidad. De la mano es igual una gran ocasión para las organizaciones y los medios de cualquier tamaño brinden servicios que realmente se diferencien del resto, mismos que favorezcan a sus clientes y por consiguiente a la sociedad y sus consumidores.
Para aquellas organizaciones que ya tienen conocimiento y llevan a cabo sus labores con soluciones de control de gastos empresariales, distinguirán lo sencillo que será la adopción de la nueva ley en su día a día. Un ejemplo de esto, es que con el uso de tarjetas Mastercard, las cuales son aceptadas mundialmente, el área de marketing en las empresas tiene el beneficio de pagar de primera mano sus inversiones publicitarias en los medios clásico o electrónicos que se escojan. En caso de ser el pago en línea, no debe ser motivo de preocupación pues, desde el momento en el que se constituyen como plataformas virtuales, deben tener un CVV dinámico, que garantizar la seguridad de la transacción en cualquier punto de venta físico o en línea.
Asimismo, con su buzón inteligente, es posible la recepción de facturas, ya sea de los medios o bien de las agencias, mismas que se trasladaran en directo a los reportes contables para la deducción de impuestos.
Con esto se reduce todo el proceso, facilitando el pago, la recepción, la validación y la deducción de facturas ante el SAT.
Esta nueva ley, es un cambio drástico con respecto a la administración de las inversiones de publicidad en México, sin embargo, se cree que va en la guía correcta de hacer de manera profesional y digital la administración de pagos corporativos en todas las empresas.
Esta reducción del proceso, da mayor visibilidad y control de los recursos, para que las organizaciones puedan exprimir su dinero de manera correcta.